Se homologó el Inst. Arg. de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio

A partir del 1ro. de julio es obligarotio el aporte del 0,5% por cada empleado.

El viernes 13 de junio del corriente, se publicó la Homologación del Acuerdo que implementa el Art. 102 del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en el Boletín Oficial Nro. 31.426.Por este acuerdo, Homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante Resolución Nro. 600/2008 con fecha 26 de mayo del corriente, se crea el INACAP. Será objetivo de dicho Instituto llevar delante de manera descentralizada las siguientes acciones, entre otras:

• Capacitar y formar a los trabajadores de la actividad, como así también capacitar a los cuadros ejecutivos del sector empleador a fin de complementar la actuación de ambos, fortaleciendo la productividad de la empresa en beneficio del consumidor.

• Promover por intermedio de las organizaciones empresarias y con la FAECyS la investigación, la formación, la capacitación y la difusión de toda materia relativa a los riesgos de trabajo, la seguridad e higiene en el ámbito y ambiente del trabajo.

• Impulsar la colaboración y la interacción como organismos especializados, universidades, institutos académicos, centros de investigación, tanto del país como del extranjero, procurando el intercambio de información, profesores y docentes en todas las materias relativas a la actividad comercial, de distribución y de servicios.

• Fomentar la interacción entre actores sociales; los distintos organismos del Estado ya sean nacionales, provinciales o municipales, entes autárquicos y/u organizaciones no gubernamentales, en todo cuanto propenda el mejoramiento de la actividad comercial y la prestación de servicios, como así también a la preservación del medio ambiente y los recursos naturales.

• Fortalecer el desempeño y la actuación de entidades empresarias de primero, segundo, tercero y cuarto grado y de cámaras sectoriales para el mejor logro de los objetivos que aquí se proponen.Entre otros ingresos, el INACAP se financiará con una contribución patronal mensual de carácter obligatorio. La misma, es a cargo del empleador y concierne a todos los empleados que se encuentren bajo la órbita del Convenio Mercantil

• El cálculo, se realiza con el 0.5% del sueldo de “Maestranza A” Inicial. Éste, actualmente es de $1.293.-, lo cual arroja como resultado un aporte de $6.46 por empleado más allá de su categoría y/o antigüedad.

En cuanto a la vigencia, comienza con los sueldos de julio cuyo vencimiento es el día 15 de agosto del 2008.A modo de ejemplo, una empresa que cuente con 10 empleados aportará una contribución al INACAP de $64.60

Para su liquidación, estará disponible a partir del día 15 de julio próximo un sitio web. Por esta vía, se podrá inscribir a la empresa y emitir la boleta de pago para ser abonada en Pago Fácil u otra entidad.

A la brevedad se dará a público conocimiento el mencionado sitio web.